El órgano contralor se pronunció ante un requerimiento del municipio, luego que asumiera el actual alcalde suplente, a mediados del mes de julio.

Por Patricio Gallardo M.

La contraloría regional de la república emitió un segundo pronunciamiento en el cual y en base a las jurisprudencias ya falladas, en casos similares,  indicó que el ex Alcalde Guillermo Reyes Cortez, hoy jubilado por invalidez, NO debe seguir recibiendo su sueldo de Alcalde de la comuna de Putaendo.

En la sesión del consejo municipal del 9 de julio, los concejales Aravena y Rojas fueron directos en consultar si procedía o no que se siguiera pagando el sueldo de Alcalde a quien había sido declarado jubilado por invalidez, recibiendo una categórica respuesta de parte del Ex administrador, quien indico “El municipio debe seguir pagando íntegro el sueldo de don Guillermo Reyes aunque se haya jubilado y si ustedes no quieren pagarlo deben pedir su destitución al tribunal electoral regional”

Por su parte el ex asesor jurídico ratificó lo señalado por Muñoz indicando “que el hecho que Guillermo Reyes se haya acogido a jubilación por invalidez, no significaba que dejaba de ser el Alcalde titular de la comuna y que correspondía  seguir pagando íntegro el sueldo de Alcalde pues lo que se elegiría el dia 13 de Julio sería un Alcalde suplente y que Guillermo Reyes seguía con su titularidad y por ende con su sueldo íntegro (POCO MÁS DE 5 MILLONES MENSUALES).

Fabian Muñoz fue categórico en indicar también que mientras Guillermo Reyes no renunciará seguía siendo Alcalde titular a menos que algunos de los concejales solicitaron su destitución al tribunal electoral regional (TER), colocando una verdadera camisa de fuerza al concejo municipal en ese momento el que con posterioridad a la elección como Alcalde suplente de Sergio Zamora abordó el caso con más detención acordando realizar las consultas respectivas y un pronunciamiento a la contraloría regional de la república.

“Contraloría se pronuncia sobre el pago del sueldo a Guillermo Reyes estando ya jubilado por invalidez”

Fue el Alcalde Sergio Zamora quien ordenó al departamento de control del municipio oficiar a la contraloría  y se enviaran todos los antecedentes del caso, para su pronunciamiento. La respuesta con fecha 5 de Agosto indica ” A los Alcaldes no les resulta aplicable en el artículo 149 de la ley 18.883″

Artículo 149.- Si se hubiere declarado irrecuperable la
salud de un funcionario éste deberá retirarse de la
municipalidad dentro del plazo de seis meses, contado desde
la fecha en que se le notifique la resolución por la cual
se declare su irrecuperabilidad. Si transcurrido este plazo
el empleado no se retirare, procederá la declaración de
vacancia del cargo.
    A contar de la fecha de la notificación y durante el
referido plazo de seis meses el funcionario no estará
obligado a trabajar y gozará de todas las remuneraciones
correspondientes a su empleo, las que serán de cargo de la
municipalidad.

Lo anterior deja claramente establecido que esa norma sólo favorece a los funcionarios municipales pero no a las autoridades electas por voto popular como el caso de un Alcalde, ya que éstos son regidos por la ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y no por la ley 18.883, echando por tierra la tesis del ex Administrador y Alcalde Subrogante Fabian Muñoz en cuanto a la obligación de seguir pagando el sueldo al ex Alcalde Reyes.

De no haberse pronunciado la contraloría , el municipio habría pagado sueldo por seis meses sin tener derecho al ex alcalde , sumando una cifra superior a los 30 millones de pesos.

En el mismo documento enviado por la contraloría se adjunta un dictamen , que constituye jurisprudencia, fechado el 16 de Febrero del año 2.016 del municipio de Palena , donde se produjo un caso similar y también se aplicó el mismo criterio razón por la cual la contraloría general de la república indica y sugiere no pagar el sueldo del ex Alcalde Guillermo Reyes quien con fecha 7 de Abril del año 2.020 la superintendencia de pensiones declarar su invalidez definitiva y total.